La Policía Nacional tuvo que intervenir a las tres de la madrugada, cuando además la hora máxima de apertura es la una de la madrugada
Agentes
de la Policía Nacional sancionaron el pasado sábado día 6 de septiembre, a 12
personas por no cumplir las medidas de seguridad establecidas en el Real
Decreto Ley 21/2020 de 9 de junio, de medidas urgentes de prevención,
contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada
por el COVID-19.
Estas
personas se encontraban a las tres de la madrugada, en el interior de un local
de copas de la calle Poeta Luis Cernuda de Almería, consumiendo bebidas
alcohólicas, sin respetar la distancia de seguridad y sin hacer uso de las
obligatorias mascarillas.
Por
su parte, el establecimiento fue sancionado por permanecer abierto al público, fuera
de las horas permitidas al efecto.
Por
parte de la Policía Nacional se recuerda que las mascarillas son obligatorias
para las personas de 6 años en adelante en la vía pública, en los espacios al
aire libre, y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre
abierto al público, aunque pueda garantizarse la distancia interpersonal de
seguridad de 1,5 metros.
La
sanción por no llevar mascarilla asciende a 100 euros.
El
consumo de bebidas dentro del local podrá realizarse en la barra o sentado en
una mesa, o agrupaciones de mesas. Se debe asegurar el mantenimiento de la
debida distancia de seguridad entre mesas o grupos de mesas. Entre clientes de
diferentes grupos debe haber como mínimo 1,5 metros, o entre clientes situados
en la barra. La ocupación máxima será de diez personas por mesa o agrupación de
mesas.
Los
establecimientos de hostelería no podrán superar el 75% de aforo máximo para
consumo en el interior del local, salvo los establecimientos especiales de
hostelería con música, que no podrán superar el 60% de su aforo.
Se
establece como horario de cierre de los establecimientos a la una como
máximo, sin que puedan admitirse nuevos clientes a partir de las 00:00 horas.
Las funciones de vigilancia, inspección y control del
correcto cumplimiento de todas estas obligaciones corresponderá a los
ayuntamientos y a los órganos competentes de la Administración de la Junta de
Andalucía, en colaboración con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado,
en el ámbito de sus respectivas competencias. El incumplimiento de las mismas
podrá ser sancionada de conformidad con la normativa en materia de Salud
Pública aplicable.